13/07/2026 · Facturación electrónica
🚨Nuevas reglas para la facturación del transporte terrestre comercial
El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución NAC-DGERCGC26-00000024, que introduce importantes cambios en la facturación electrónica para el transporte terrestre comercial (excepto taxis).
Principales cambios
🟦 1. La operadora factura al cliente
A partir de la vigencia de la resolución, la factura por el servicio de transporte deberá ser emitida por la operadora, quien será la responsable de facturar al cliente final.
🟧 2. El socio factura a la operadora
Los socios o accionistas ya no emitirán facturas directamente al cliente. En adelante, deberán emitir sus comprobantes únicamente a la operadora por los servicios prestados.
🟩 3. La placa del vehículo será obligatoria
La placa del vehículo con el que se prestó el servicio deberá registrarse como un dato obligatorio dentro de la factura electrónica, conforme a las nuevas especificaciones del SRI.
💻 4. Cambios en el XML y en los sistemas de facturación
Las empresas y proveedores de software deberán actualizar el XML de la factura electrónica e implementar los nuevos campos y validaciones establecidos por el SRI para cumplir con la normativa vigente.
🚛 5. Modalidades a las que aplica
Esta resolución aplica al transporte terrestre comercial en las modalidades de:
Carga pesada.
Carga liviana.
Transporte escolar e institucional.
Transporte turístico.
Transporte mixto.
Transporte alternativo.
No aplica al servicio de taxis.
⏳ 6. Plazo para implementar los cambios
Las operadoras y los desarrolladores de sistemas cuentan con 90 días, contados desde la emisión de la resolución, para realizar las adecuaciones necesarias en sus sistemas de facturación electrónica y en la estructura del XML.
Recomendación
Si su empresa utiliza un sistema de facturación electrónica, es recomendable iniciar cuanto antes el proceso de actualización para cumplir con las nuevas disposiciones del SRI y evitar inconvenientes en la emisión de comprobantes electrónicos.
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